Atención Médica Sanatorial FUERA DE LA PROVINCIA y DENTRO DEL PAÍS
El afiliado podrá solicitar atención médica fuera de la provincia de Santa Fe (dentro del país), únicamente con los prestadores con los que la Caja haya firmado convenios o a través de Cajas de Profesionales de otras Provincias, adheridas al sistema de Reciprocidad. En todos los casos deberá presentar la Tarjeta Magnética que lo identifica como afiliado, su DNI y derivación de cobertura otorgada en Área Salud.
ATENCIÓN PROGRAMADA
Previamente a la atención médica fuera de la provincia, el afiliado deberá solicitar la derivación de cobertura correspondiente en el Área Salud de la Caja, caso contrario, la Caja no abonará reintegro alguno por ningún concepto.
ATENCIÓN EN URGENCIA
- Para casos de urgencias (estando en tránsito) que requieran atención médica inmediata, el afiliado podrá hacer uso de los servicios que ofrecen las Cajas similares de otras provincias en virtud de los convenios de reciprocidad suscriptos por la Caja Forense de Santa Fe, debiendo en este caso presentar a la Caja donde solicita la atención la siguiente documentación:
- Derivación de cobertura
- Credencial de C.F.
- D.N.I.
- En caso de prestaciones de baja complejidad (consulta médica, atención en guardia, compra de medicamentos, etc.) puede solicitarse cobertura por vía de reintegros con la documental pertinente, ante Caja Forense Santa Fe, Área Salud.